Nueva Ley de Bienestar Animal

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Hoy, os queremos hablar de la nueva Ley de Bienestar Animal, la Ley 7/2023. Ha sido  una Ley muy esperada a la vez que controvertida, pero ya está aprobada desde el 29  de Octubre de 2023 y queremos que estéis informados de absolutamente TODO.   Hay que tener en cuenta que cuando hablamos de animales en esta ley, estamos hablando  en referencia a los animales conocidos como “animales de compañía”, es decir, quedan  excluidos animales salvajes o animales de granja entre otros.   Ha sido una Ley que se ha estado gestando durante más de dos años, se han dicho muchas  cosas sobre ella, como, por ejemplo, la eliminación de las razas catalogadas como  Potencialmente Peligrosas (PPP) o la obligación de un DNI animal, que al final, han  acabado en papel mojado. Así que vamos a ver qué ha entrado en vigor actualmente y  qué queda pendiente del desarrollo del reglamento

Obligaciones que ya están en vigor: 

  1. Prohibida la venta de perros, gatos y hurones en tiendas: Los animales como,  perros, gatos y hurones solo se pueden adquirir a través de criadores registrados y  oficiales que cumplan con toda la normativa. La venta de animales online también  queda terminantemente prohibida. Con esta norma, se busca que las personas no  compren o regalen animales por capricho y que estén más concienciadas a la hora  de querer poner un nuevo miembro peludo en la familia. A partir de ahora, se  podrán adoptar animales sin hogar o bien se podrán obtener de criadores.  
  2. Solo se podrá adoptar en centros públicos de animales o en Entidades  Registradas, como protectoras de animales: Las adopciones siempre se  realizarán a través de entidades oficiales que cumplan con todos los registros y  normas. Además, será obligatorio que haya un contrato de adopción y los animales  tienen que haber recibido los tratamientos sanitarios correspondientes, como  vacunas y desparasitaciones. También serán adoptados cuando ya estén castrados  o bien en el contrato habrá una cláusula de compromiso de castración a una  determinada edad.  
  3. No podrán criar animales en casa o particulares. La cría de animales queda  totalmente restringida a animales y a criadores que estén inscritos en el registro  de Criadores de Animales de Compañía. Por lo tanto, hacer criar a tus perros o  gatos en casa, es ilegal. Con esta norma, se quiere reducir el número de camadas  indeseadas y así que no se abandonen animales.  
  4. Identificación obligatoria. Todos los perros, gatos y hurones deben llevar  microchip. Y en el caso de las aves, todas deben llevar anilla de identificación  desde su nacimiento. Absolutamente todos los animales, deben estar inscritos en  el registro general oficial.  
  5. Esterilización de gatos obligatoria a los 6 meses. Los gatos y gatas que tengan 6 meses o más, es obligatorio que estén esterilizados, a no ser que estén inscritos  en el registro de animales reproductores. El resto de animales, como en el caso de los perros, debemos adoptar las medidas necesarias para que no se puedan llegar a reproducir.
  1. Queda prohibido dejar a un animal más de 72h solo y, en el caso de los perros,  24h. Está prohibido que tu gato pase 3 días o más solo en casa, en el caso de los  perros no se pueden quedar 1 día entero o más tiempo solos sin supervisión. 
  2. Prohibición de dejar a un perro solo en un coche y en un lugar sometido a  temperaturas extremas. Cuidado si alguna vez dejas a tu perro solo en el coche,  está prohibido ya que puede quedarse en situaciones peligrosas por la temperatura.  Tampoco lo puedes dejar solo en zonas como balcones o terrazas donde no tenga  garantizada su seguridad y sus necesidades básicas. Además, ya no puedes dejarlo  solo en la puerta del súper esperando a que termines de hacer la compra porque  estaría sin supervisión.  
  3. La eutanasia prohibida por motivos que no sean de salud. La eutanasia queda  restringida cuando esté solamente justificada bajo criterio veterinario con la  finalidad de evitar el sufrimiento del animal.  

Obligaciones que aún NO están en vigor. Entrarán en vigor cuando se haya redactado  el reglamento: 

  1. Reconocimiento veterinario periódico: Habrá que pasar, probablemente,  anualmente, un reconocimiento veterinario periódico. Este aún está a definir por  el reglamento pero seguramente consistirá en verificar el calendario vacunal y  estado de salud.  
  2. Curso de tenencia de animales. Todos los tutores de perros tendrán que  someterse a un curso, que será online y gratuito, y de validez indefinida, en el que  se hablará del cuidado de los perros. El contenido de este curso quedará definido  en el reglamento. 
  3. Seguro de responsabilidad civil en perros. Todos los perros tendrán la  obligación de tener un seguro de responsabilidad civil a su nombre, por si pudieran  causar daños a terceros. En el reglamento se especificará la cuantía a contratar  mínima que requerirá el seguro, es posible que ronde los 100.000€ que garantía  mínima. Estos seguros suelen costar unos 30-50€ al año por perro, según sus  características. (link seguro?) 
  4. Obligación de incineración o entierro oficial en el caso de muerte. La baja de  un animal después de su muerte, deberá ir acompañada de un documento oficial  que acredite que ha sido incinerado o enterrado por una empresa reconocida  oficial. Esta obligación empezará a estar en activo cuando se haya desarrollado el  reglamento. Hasta ahora, ya está prohibido que los cadáveres de animales de  compañía sean enterrados en terrenos propios por motivos sanitarios, y la  obligación es de incineración o entierro por una empresa registrada, pero en la  práctica es algo aún común que esta norma quiere hacer desaparecer.  

Puntos que se han quedado fuera de la ley: 

  1. Desaparición de las razas catalogadas como PPP. Finalmente, las razas  catalogadas como Potencialmente peligrosas, seguirán existiendo y toda su  reglamentación y normal también.
  2. DNI animal. NO va a haber un DNI animal tal y como se había mencionado, pero  quedamos a la espera del desarrollo del reglamento para ver cómo será el  reconocimiento veterinario periódico que hará que pasen unos controles y todos  los animales estén bien registrados.  
  3. Perros de trabajo y perros de caza. Los perros que se dedican a trabajar como  perros pastores, perros guía,… así como los perros empleados para la caza, se han  quedado fuera de esta ley, los han catalogado como excepciones y, por lo tanto,  ellos no disfrutarán de los mismos beneficios ni estarán amparados bajo la ley de  la misma forma que el resto de perros.  

¿Qué os parecen todas las normas y obligaciones en las que esta Ley ha terminado? ¿Qué  modificaríais? Os dejamos el link a la Ley completa.

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